Hoy Bond Buyer nos dice que AGP va a tomar prestado $3.5 mil millones y cargos a GO bonds de PR. El PC 1696, el cual no tengo claro si se aprobó y fue radicado el 6 de febrero de 2014, provee para que se tome prestados esos fondos y que sean de obligación general o sea GO’s. Según el Artículo VI, sección 2 de la Constitución de PR, no puede tomar prestado más del 15% de las “rentas anuales obtenidas de acuerdo con las disposiciones de las leyes del Estado Libre Asociado e ingresadas en el Tesoro de Puerto Rico en los dos años económicos inmediatamente anteriores al año económico corriente”
En el año fiscal 2011-12, según el Departamento de Hacienda PR tuvo un ingreso neto de $8,667,885,000 y en el año fiscal 2012-2013, tuvo $8,502,235,000 de ingresos netos, para un promedio de $8,585,060,000. El 15% es $1,287,759,000. O sea, que PR puede tomar prestado asignándolo a GO según la Constitución solo menos de $1.3 mil millones. ¿Como puede asignar $3.5 mil millones a GO’s me pregunto? ¿Si no puede, quien tiene el standing o legitimación activa para cuestionar esto? Preguntas, preguntas. Si me equivoco en el cálculo, que alguien me corrija por favor.