Esta semana asesinaron a una persona frente a un centro comercial y los medios reportaron con imágenes gráficas del cadáver ensangrentado. Aparentemente unos ciudadanos filmaron con sus celulares lo que la prensa televisiva estaba transmitiendo pero la policía incautó esos teléfonos celulares. Se alega que fue por orden del fiscal que investigaba el caso, no de un Tribunal, que se incautaron los celulares. La semana pasada en la Baldorioty de Castro ocurrió un incidente similar. No quiero pensar que la Fiscalía de Carolina favorece este tipo de actuación. En mi opinión esto es totalmente contrario a la Constitución Federal, específicamente la 1ra y 4ta Enmiendas. Me explico.
No hay duda de que en “exigent circumstances” (circunstancias extremas) la policía podía incautar los teléfonos, ver, Brigham City v. Stewart, 547 U.S. 398, 404 (2006). Por ejemplo, si en vez de estar grabando el cadáver y la actividad policiaca, como lo hacía la prensa televisiva, hubiera motivo fundado para pensar que esos teléfonos tenían la grabación del asesinato en si y que la misma se podía perder, entonces se justificaría, ver, Berglund v. City of Maplewood, 173 F. Supp. 2d 935 (D. Minn. 2001). En ese caso se trató de una pelea entre la policía y los periodistas y una cámara lo grabó todo y fue incautada. Luego se demandó por violación de derechos civiles y el Tribunal de Distrito falló a favor de la policía.
Nuestro caso es muy diferente. El asesinato ya había ocurrido, estaba siendo investigado por la policía y la prensa televisiva. ¿Que cosa diferente podía filmar un ciudadano de lo que ya se había filmado? Más aún, un ciudadano tiene el derecho de filmar a la policía mientras hace su trabajo, como dijo el Primer Circuito en Glik v.
Cunniffe, 655 F.3d 78 (1st Cir. 2011).
It is firmly established that the First Amendment’s aegis extends further than the text’s proscription on laws “abridging the freedom of speech, or of the press,” and encompasses a range of conduct related to the gathering and dissemination of information. As the Supreme Court has observed, “the First Amendment goes beyond protection of the press and the self-expression of individuals to prohibit government from limiting the stock of information from which members of the public may draw.” First Nat’l Bank v. Bellotti, 435 U.S. 765, 783 (1978); see also Stanley v. Georgia, 394 U.S. 557, 564 (1969) (“It is . . . well established that the Constitution protects the right to receive information and ideas.”). An important corollary to this interest in protecting the stock of public information is that “[t]here is an undoubted right to gather news ‘from any source by means within the law.'” Houchins v. KQED, Inc., 438 U.S. 1, 11 (1978) (quoting Branzburg v. Hayes, 408 U.S. 665, 681-82 (1972)).
The filming of government officials engaged in their duties in a public place, including police officers performing their responsibilities, fits comfortably within these principles. Gathering information about government officials in a form that can readily be disseminated to others serves a cardinal First Amendment interest in protecting and promoting “the free discussion of governmental affairs.” Mills v. Alabama, 384 U.S. 214, 218 (1966).
Lo que el Primer Circuito nos dice es que la Primera Enmienda no es para la prensa si no para los ciudadanos y segundo, grabar a personas del gobierno en su trabajo es legítimo y legal. Tal vez por ello el Superintendente Interino de la Policía Juan B. Rodríguez Dávila acaba de dar órdenes de no incautar teléfonos celulares en estas circunstancias, pero me preocupa que estas instrucciones vengan de Fiscalía que son abogados y tienen (deberían) mayor conocimiento legal. Espero que esta política pública malsana desaparezca de PR.
Aquí un Storify de mi conversación con el periodista Ariel Rivera sobre este tema.