Anibal Acevedo Vila
LAS IDEAS LOCAS QUE PROVOCA LA JUNTA
El colega Aníbal Acevedo Vilá publicó un columna en el Nuevo Día sobre la inconstitucionalidad de la Junta de Supervisión Fiscal (JSF) y varios adeptos del Gobierno se la celebraron. Como es mi costumbre, leí los casos y luego de analizarlos, tengo que diferir.
La tesis del colega Acevedo Vilá es que el Congreso, al darle poderes legislativos y ejecutivos a la Junta de Supervisión Fiscal, viola la separación de poderes con el Gobierno de Puerto Rico. Cita a un caso del Supremo Federal sobre Filipinas (sin decir el nombre) y al caso de Buckley v. Valeo, 424 U.S. 1 (1974) para adelantar la idea de que la separación de poderes es de extrema importancia y que por ende el Congreso se excedió de sus facultades al darle esos poderes a la JSF y por lo tanto la misma es inconstitucional. Difiero.
El caso de Filipinas, Springer v. Government of the Phillipines Islands, 277 U.S. 189 (1928) efectivamente menciona la importancia de la separación de poderes ya que la legislación que le proveyó a las islas su gobierno propio, como en PR, se copió de la Constitución Federal. Sin embargo, la pugna en Springer era entre el Gobernador de Filipinas y la Legislatura sobre la interpretación de la legislación de gobierno propio de las islas. No era sobre el poder del Congreso para legislar sobre las islas. El caso de Buckley también trata de la separación de poderes, pero entre el Congreso y el presidente, no sobre el poder del Congreso para legislar sobre los territorios.
En PR, la separación de poderes es tan importante que el Congreso le impuso dos requisitos a PR para tener constitución, una Carta de Derechos y que forma republicana de Gobierno, ver, Artículo I, sección 2 de la Constitución de PR. Forma republicana de gobierno no es más que la separación de poderes, ver, Misión Industrial v. Junta de Planificación de Puerto Rico, 146 D.P.R. 64 (1998) y Guzmán Vargas v. Calderón, 164 D.P.R. 220 (2005).
Ciertamente, el Congreso no puede afectar los derechos fundamentales de los puertorriqueños y esto es así desde antes del caso de Springer ya que, en Balzac v. Porto Rico, 258 U.S. 298 (1922), el Supremo Federal así lo sentenció. Pero no existe caso alguno que indique que los ciudadanos de los territorios tienen un derecho constitucional a gobierno propio. Todo lo contrario, en Downes v. Bidwell, 183 U.S. 244, 289-290 (1901), el Supremo Federal dijo:
The Constitution has undoubtedly conferred on Congress the right to create such municipal organizations as it may deem best for all the territories of the United States, whether they have been incorporated or not, to give to the inhabitants as respects the local governments such degree of representation as may be conducive to the public wellbeing, to deprive such territory of representative government if it is considered just to do so, and to change such local governments at discretion. (Énfasis suplido)
Claramente el Supremo Federal ha indicado que el Congreso puede conceder gobierno propio, o quitarlo a su antojo. Así que, en respuesta al colega, SI, el Congreso puede legislar para que PR sea gobernado por un rey o un gobernador vitalicio.
Más aún, como el colega Acevedo Vilá no está envuelto en el caso de la quiebra de PR, tal vez no sabe que Aurelius y la Utier argumentan que el nombramiento de los miembros de la Junta, no la ley PROMESA, fue hecho inconstitucionalmente ya que el presidente tuvo que utilizar una lista de candidatos del Congreso y usan el caso de Buckley como parapeto. La Junta y el Gobierno de PR ambos argumentan que el caso de Buckley y la doctrina de los nombramientos presidenciales (appointments clause) no son aplicables a los territorios y tal vez tengan razón. Eso lo decidirá la Juez Swain.
Finalmente, si el colega entiende que su teoría tiene validez, lo único que tiene que hacer es buscar un cliente y presentar su caso. Y de paso, puede añadir su teoría de que el Gobierno Federal es responsable de la deuda de su territorio, aunque sea totalmente contrario a 48 U.S.C. § 795 que dice:
All expenses that may be incurred on account of the government of Puerto Rico for salaries of officials and the conduct of their offices and departments, and all expenses and obligations contracted for the internal improvement or development of the island, not, however, including defenses, barracks, harbors, lighthouses, buoys, and other works undertaken by the United States, shall, except as otherwise specifically provided by the Congress, be paid by the treasurer of Puerto Rico out of the revenue in his custody.
A la verdad que PROMESA ha provocado ideas bien locas entre los políticos.
La Refundación del ELA, mi análisis
Aníbal Acevedo Vilá es un hombre brillante que sabe presentar sus ideas en persona. Lo vi en Jugando Pelota Dura exponiendo las ideas que plasmó en Hacia la Refundación de la Economía de Puerto Rico y del Estado Libre Asociado. Pero toda la magia de su oratoria se desploma al analizar su escrito. Yo no voy a entrar en personalismos, ni en lo que ustedes puedan pensar que el es.
Al comienzo de su ensayo, llamarlo libro sería equivocado por lo corto, nos da la cita del Luis Muñoz Marín al izar la bandera de Puerto Rico en 1952. Este atar del ELA que existe con el ELA Soberano que propulsa es el hilo conductor de la obra. Va hasta el extremo de mantener la fábula de que Muñoz fue capaz de “romper el paradigma de la inacción” al traer al ELA. Para la larga explicación de esta incorrección, ver la entrada en mi blog
Acevedo Vilá comienza su propuesta en la Parte I con Las 10 Verdades.
- La mayor crisis económica de nuestra historia moderna- No se equivoca
- Puerto Rico no controla gran parte de sus variables económicas- Acevedo Vilá argumenta que aunque PR tiene la facultad de decidir quien paga impuestos aquí, el Congreso controla su economía pero no en función de las “necesidades y particularidades de Puerto Rico.” Continua diciendo correctamente que debido al engrandecimiento del gobierno de USA (gobierno federal) PR controla menos de lo que controlaba hace 50 años. Lo que no nos dice es que esto es cierto de todos los estados con la diferencia que ellos, al tener representantes y senadores con voz y VOTO se encargan de que sus intereses sean respetados.
- Riesgo real de no pagar la deuda- No se equivoca
- Puerto Rico es un problema para Estados Unidos- Esto no es nuevo. Nos dice que “en la medida que no haya dinero suficiente para sostener los niveles de servicios gubernamentales a los que la población esta acostumbrada, los sectores más dependientes y menos productivos optarán por emigrar a los Estados Unidos.” Esta aseveración la he escuchado por décadas como una razón por la cual los USA no van a abandonar a PR, reducir subvenciones, etc. Como si los USA temieran una invasión de boricuas en sus suelos como ha ocurrido por años. Acevedo Vilá no parece entender que la población complete de PR no es el 1% de la población de USA y que la “invasión” no preocupa a muchos. Más aún, contrario a su retórica, los sectores que emigran no son los “dependientes y menos productivos” si no los MAS productivos y jóvenes. Acevedo Vila sigue con el argumento del impacto negativo del impago sobre el mercado de munis, o sea, bonos municipales. Lo que ignora o prefiere ignorar es que la crisis de PR lleva anunciándose hace años y el sistema esta bien insulado. En octubre el SEC y el Tesoro Federal indagaron sobre ello y no han mostrado preocupación. Además, la deuda total de PR es menos del 2% del total del mercado de munis, que se calcula es de $3.7 trillones (en ingles). Vemos aquí parte de la retórica solapada anti estadista, la cual se torna abierta a continuación.
- Debilitamiento de la legitimidad política y legal del ELA actual en Estados Unidos- Aquí vemos la retórica solapada anti estadista volverse clara. Nos dice sin más “que en Estados Unidos no hay voluntad política para darnos la estadidad” al tiempo que reconoce que la teoría del pacto bilateral y consentimiento mutuo no lo defiende nadie en Washington, Casablanca ni el Congreso. Aquí vemos la razón del escrito, estadidad es mala y el ELA como lo conocemos carece de defensores fuera de los grupos más conservadores del PPD.
- Debilitamiento político del ELA actual en Puerto Rico- Acevedo Vilá le da credibilidad al voto en contra del ELA en el plebiscite, reconociendo que el PPD pidió voto por el si. Reconoce además, que los votos por la estadidad fueron mayores que por el ELA como esta. Sin embargo, argumenta que los votos soberanistas sumados a los del ELA son más. No reconoce, sin embargo, que muchos de esos votos por el ELA como esta no votarían a favor de un ELA Soberano.
- La estadidad agudizará la crisis- Aquí se agarra del GAO. Ya yo discutí el GAO así que los refiero aquí .
- La estadidad chatarra no reciclable- Aquí discute como los $70 billones en deuda es una razón en contra de la estadidad ya que se perdería la triple exención de los mismos y se convertirían en superchatarra. Esto no es correcto ya que la clasificación de chatarra nada tiene que ver con su exención contributiva ya que si fuera así, los bonos de California no pagarían menos de 4% como pagan ahora. Además, la clasificación de chatarra la dan las calificadoras y no tienen mucho que ver con el interés efectivo (más sobre esto luego) que paguen los bonos. En septiembre/octubre de 2013, los bonos de PR pagaban interés efectivo de 10% antes de que fueran chatarra y en marzo de 2014, siendo chatarra, se vendieron nuevos bonos pagando 8.73%. Nuevamente, esto es parte de la retórica anti estadista. Finalmente, todo este argumento obvia que el Congreso en cualquier momento puede hacer a PR pagar impuestos federales y por ende quitar la exención contributiva de los bonos. Recordemos que Hawaii pagó impuestos federales desde 1927.
- La independencia también impacta negativamente la deuda de Puerto Rico- En esto tiene razón excepto que convenientemente ignora que los informes de Casablanca bajo Bush, Jr. y Obama ambos coinciden que le libre asociación es una forma de independencia. Si se puede negociar bajo la libre asociación o ELA Soberano como le gusta llamarlo, se puede negociar bajo la independencia. Recordemos que Rubén Berríos ha hablado de un periodo con fondos federales de hasta 20 años. Recordemos que la Resolución 1541(XV) de la ONU, tan repetida por los soberanistas, nos dice:
“Principio VI
Puede considerarse que un territorio no autónomo ha alcanzado la plenitud del gobierno propio:
a) Cuando pasa a ser un Estado independiente y soberano;
b) Cuando establece una libre asociación con un Estado independiente; o
c) Cuando se íntegra a un Estado Independiente.”
En otras palabras, la soberanía es separada de la libre asociación.
- En Estados Unidos no hay entendimiento claro de la situación de Puerto Rico ni la voluntad para actuar- Difiero. Los que hemos visto el movimiento político en el Congreso, especialmente en el Senado, vemos que entienden bien la situación de PR pero quieren estar seguros que aquí quieren la estadidad. Por eso asignaron fondos para otro plebiscito, no una Asamblea de Estatus como quieren los soberanistas.
La parte II de su ensayo, titulada ¿Y ahora que?, Acevedo Vilá nos comienza con lo que realmente quiere hacer. “La única solución verdadera y duradera es refundar el Estado Libre Asociado como un Estado Libre Asociado Soberano.” Esto hay que examinarlo cuidadosamente. Nos dice claramente que el ELA no sirve, hay que ir a la soberanía. Ignora totalmente lo que nos dijo anteriormente sobre el plebiscito, descarta el voto claro a favor de la estadidad para insistir en el ELA Soberano, o sea, la independencia. Nos indica que se necesita “una estrategia bien pensada” para establecer, entre otras cosas, que “la estadidad no es una opción económicamente viable para Estados Unidos ni para Puerto Rico.” Palabras claras de un opositor sin cuartel a la estadidad.
Acevedo Vila continua diciéndonos que la propuesta del ELA Soberano tiene que estar basado en tres cosas:
1) Desarrollo económico sostenible para Puerto Rico (pero no explica como);
2) Control de la dependencia de fondos e incentivos federales (no aumentar fondos a PR) y
3) Clasificación jurídica (aquí nos reitera la idea de que el ELA Soberano es la extensión del ELA de Muñoz y que su legitimidad emana del Pueblo de PR y no de la clausula territorial. Ya que la Constitución de USA solo habla de estados, territorios, naciones y tribus indias, obviamente es la independencia)
La parte III del ensayo, Refundar el ELA: fundamentos económicos y jurídicos de la nueva relación, es una lista de lo que sería el Tratado con los USA. Como los tratados son un acuerdo entre naciones y no aplica la clausula territorial, todo es posible, mientras se entienda que los tratados se pueden disolver unilateralmente o por acuerdo. Ver los informes de Casablanca de los últimos dos presidentes.
La parte IV del ensayo, Justificación y ventajas para ambas partes, es sobre las supuestas ventajas para ambas partes. Habla del “control en las transferencias federales que no sean producto de derechos adquiridos, más que justifica que Estados Unidos asuma la deuda de en emisiones de bonos que tiene Puerto Rico.” En este momento tenemos que pausar. Acevedo Vilá claramente habla de beneficios de Seguro Social y Veteranos a manera de ejemplo, PERO no nos dice que el Congreso no legisla equitativamente en esta área. Por ejemplo, en PR contribuimos de igual manera al SS PERO no tenemos derecho al Supplemental Security Income que se nutre de esos fondos. El SCOTUS nos dice que el Congreso puede hacer esto en áreas económicas, ver Harris v. Rosario, 446 U.S. 651 (1980), siempre que haya una base racional. Es solo en el área de derechos fundamentales que no puede discriminar. Por ende, su premisa es claramente incorrecta. Donde Acevedo Vila discute la asunción de USA de la deuda de PR, este da justificaciones que rayan en la deshonestidad. Veamos.
“Al asumirse por Estados Unidos la deuda de los bonos, el Tesoro federal estará en una posición mucho más favorable que Puerto Rico para renegociar o redimir esos bonos bajo condiciones más beneficiosas para todas las partes, incluyendo los tenedores de esos bonos, que son ciudadanos Americanos (residentes de los 50 estados y de Puerto Rico) y entidades estadounidenses.” Realmente esto es inverosímil.
Un bono es un contrato donde una parte da una cantidad de dinero a cambio de unos pagos periódicos y al final del periodo, el pago del principal. Los contratos no se pueden variar excepto en circunstancias excepcionales así que los USA no los puede cambiar por capricho. Más aún, la 14ava Enmienda de la Constitución requiere el pago de la deuda y si USA asume la deuda de PR, esta se convierte en su deuda. Más aún, aunque su clasificación por las acreditadoras mejore, eso no cambia el % de interés a pagar. Me explico. Cada bono paga un % de interés FIJO que no cambia aunque se venda. Si el valor en el mercado del bono cambia, el interés efectivo, no el nominal, cambia. A manera de ejemplo, un bono de $1,000 a 5% de interés, pagará $50 todos los años. Si uno vende el bono en el mercado en $800, el interés del bono sigue siendo 5%, sigue pagando $50 PERO el interés efectivo (50/800) para el que lo compra en $800 es de 6.25%. Así que el pago del interés sigue SIEMPRE siendo el mismo, no cambia sin importar su clasificación de AAA o de chatarra. Así que toda la explicación de Acevedo Vilá es totalmente incorrecta, producto de su ignorancia del mercado de bonos o su intención demagógica. De igual manera, la redención del mismo se rige por en instrumento y sus valor nominal (su valor en el documento) y no el valor en el mercado. Así que los USA, contrario a lo que dice Acevedo Vila, NO PAGARIA MENOS EN INTERES POR LOS BONOS DE LO QUE PAGA PR.
Más adelante nos trata de convencer de que el aumento en el valor de los fondos federales es mayor de lo que habría que pagar por los bonos de PR. Nos dice que de 2002 a 2014 los fondos federales a PR han aumentado en $1.929 billones. Se le olvida al ex-gobernador que PR paga $4.5 billones todos los años en servicio de la deuda.
La parte V es Pasos estratégicos, donde indica como hacer todo esto paso por paso.
Nos incluye un anejo donde nuevamente insiste en explicar por que el informe del GAO es negativo a la estadidad. Los refiero a mi escrito nuevamente.
Un análisis crítico del ensayo de Acevedo Vilá demuestra varias cosas. El ex-gobernador, a diferencia de Rafael Hernández Colón, esta claro que el enemigo del PPD es la estadidad. Vemos que ataque continua y constantemente la estadidad en su escrito al mismo tiempo que resalta el ELA Soberano. Esto no es un libro de estrategias económicas, es una declaración clara e inequívoca en palabras sencillas de que el es el portaestandarte de el futuro del PPD y que ese futuro ES la soberanía. Acevedo Vila demuestra nuevamente que es el político más hábil en PR y que aún sueña con volver a la gobernación. Sabe que Alejandro García Padilla perderá la elección del 2016 y el PPD quedará desorganizado. Su único opositor verdadero será David Bernier, quien en todo momento ha indicado que es de centro o sea, no soberanista. El ensayo es la mejor exposición de la idea del ELA Soberano y de como lograrlo que he leído. Falta ver quien triunfa en esta batalla por el alma del PPD.