Colonialismo

LA INCOMPETENCIA DEL GOBIERNO

Nuevamente el Gobierno demuestra su incompetencia. No sabe cómo manejar la  situación creada por los terremotos en el sur y se descubre un almacén con suministros que no se repartieron a las personas con necesidades refugiadas en esa región. ¿Desde cuándo el Gobierno es incompetente? Como yo lo veo, desde siempre. Esa patraña de que bajo el Gobierno de Muñoz todo funcionó no me lo trago. Desde la nacionalización de la generación y distribución de la energía eléctrica, sí la creación de la AEE en 1941, el Gobierno falla. Creo fábricas de cristal, cemento y cartón, pero no las supieron administrar y estaban en efecto insolventes, forzando su venta a intereses privados.

Para los años 50’s, se comenzaron a establecer petroquímicas en el sur, atraídos por las regulaciones del Departamento del Interior que los eximía del pago de arbitrios sobre el petróleo importado mientras estaban en PR. Las petroquímicas compraban el petróleo barato en Venezuela y lo procesaban para gasolina y otros combustibles para la venta en USA. Negocio redondo. Los idiotas del Gobierno no entendían que esto era una prebenda que dependía de los vaivenes de Washington y el suministro de petróleo y la AEE estableció la mayor parte de sus plantas de generación en el sur. Al eliminarse el impuesto al petróleo importado a raíz del embargo petrolero de 1973, la ventaja de impuestos de las petroquímicas se esfumo y la más grande, la Commonwealth Oil Refining Company (CORCO) se fue a la quiebra en 1973.

Durante esa época, la administración de Hernández Colón compró la Telefónica y  las Navieras, un gasto totalmente innecesario y se inventó la patraña de que se podía tomar prestado para cuadrar el presupuesto, creando la deuda extra constitucional, que es ilegal, pero hay que pagar. Las subsiguientes administraciones continuaron esta práctica.

Vino Romero Barceló y con él, las 936, que no trajeron crecimiento económico y solo enriquecieron a unos pocos. Luego de su eliminación, Sila y Aníbal aumentaron el gasto público y este último creo COFINA. Fortuño siguió tomando prestado al igual que Alejandro, a pesar del me vale. En el 2014 nos dijo que “salvamos las finanzas” luego de emitir $3.5 billones en bonos al altísimo 8% de interés. Un año después, todo compungido nos dice que PR no puede pagar sus deudas y fue a buscar dinero al Congreso y le dieron PROMESA. La teoría del pacto se fue a juste.

La administración de Ricardo Rosselló no se quedó atrás. Su incompetencia durante María, desde no aceptar los miles de muertos, prometer electricidad para todo PR en fechas imposibles y burlarse de los votantes. Eso sin contar el chat, las serias alegaciones contra su mujer y, en fin, todo su equipo de ladrones, canallas y traidores. GOOD RIDDANCE!

Vino Wanda Vázquez pregonando que no era política y resultó que no solo lo es si no que también es incompetente. Wanda Vázquez, ante la incapacidad del Gobierno de ayudar a los refugiados y el  escándalo del almacén de  Ponce, dice que heredó un gobierno como excusa  para su incompetencia. Su manifestación  ignora el  hecho  que  ella es parte del gobierno e interactuó con múltiples agencias para ayudar a los necesitados desde que fue Procuradora de la Mujer en la administración de Fortuño y Alejandro. Luego fue Secretaria de Justicia formando un escándalo con uno suministros del alcalde de Patillas que quedó en nada y rehusando investigar denuncias de acciones de la administración Rosselló. Ella tenia que saber de los suministros y si no lo sabia, desde que llegaron los refugiados tenia que haber preguntado que suministros, si alguno, tenia el Gobierno. No lo hizo y  por lo tanto demuestra su incompetencia crasa.

Más aún, los de manejo de emergencia, Dpto. de la Familia y toda agencia que tiene que ver con los refugiados en la sur tenia el deber de preguntarse “¿qué suministros tenemos disponibles? ¿qué necesitan los refugiados?” Todos fallaron. ¿Por qué? Porque el Gobierno de PR es incompetente y ni siquiera sabe cumplir con las funciones básicas de todo  gobierno, proteger a sus ciudadanos. Hace falta destruir el  Gobierno y  volverlo a hacer.  La pregunta es ¿quién le pone el cascabel al gato?

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DECLARACION DE EMERGENCIA DE TRUMP

 

Donald Trump dijo el 14 de febrero que iba a hacer una declaración de emergencia. Hay muchos comentarios en las redes sociales de lo que puede o no puede hacer el Presidente. Aquí trataré de darles un sentido sobre los poderes del Presidente.

Todos imaginamos que la declaración de emergencia tiene que ver con la construcción del muro en la frontera con México y ya en el pasado ha dicho que va a utilizar fondos de recuperación de California y Puerto Rico y para la construcción de vivienda militar. ¿Puede el Presidente hacer esto? ¿Qué tiene que hacer?

El Presidente tiene poderes inherentes para declarar emergencias pero modernamente se hace a base de estatus. El National Emergencies Act, 50 U.S.C. § 1601, et seq., regula las declaraciones de emergencia. La sección 1621(a) establece que “[w]ith respect to Acts of Congress authorizing the exercise, during the period of a national emergency, of any special or extraordinary power, the President is authorized to declare such national emergency. Such proclamation shall immediately be transmitted to the Congress and published in the Federal Register.“ La emergencia termina al año de ser declarada a menos que se renueve la declaración por un año más. La sección 1622 establece también que una resolución conjunta del Congreso, con la aprobación del Presidente, terminaría la emergencia. En otras palabras, el Senador republicano tendría que estar de acuerdo con la Cámara Demócrata para ello y el Presidente también tendría que aprobarlo. Si no, el Congreso tendría que ir por encima del veto del Presidente. No sería fácil.

El National Emergencies Act no define lo que es una emergencia. El Congressional Research Service en el 2007 publicó un informe al Congreso titulado National Emergency Powers. A la página CRS-4, dijo:

An eminent constitutional scholar, the late Edward S. Corwin, explained emergency conditions as being those “which have not attained enough of stability or recurrency to admit of their being dealt with according to rule.” During congressional committee hearings on emergency powers in 1973, a political scientist described an emergency in the following terms: “It denotes the existence of conditions of varying nature, intensity and duration, which are perceived to threaten life or well-being beyond tolerable limits.” Corwin also indicated it “connotes the existence of conditions suddenly intensifying the degree of existing danger to life or well-being beyond that which is accepted as normal.” (notas al calce omitidas)

Según el Brennan Center for Justice, nada conservador, identificó 136 bases para el poder del Presidente para declarar emergencias, incluyendo dos directamente relacionados al muro.  Estos son el 33 U.S.C. § 2293 y 10 U.S.C. § 2808. El primero dice;

(a)Termination or deferment of civil works projects; application of resources to national defense projects

In the event of a declaration of war or a declaration by the President of a national emergency in accordance with the National Emergencies Act [50 U.S.C. 1601 et seq.] that requires or may require use of the Armed Forces, the Secretary, without regard to any other provision of law, may (1) terminate or defer the construction, operation, maintenance, or repair of any Department of the Army civil works project that he deems not essential to the national defense, and (2) apply the resources of the Department of the Army’s civil works program, including funds, personnel, and equipment, to construct or assist in the construction, operation, maintenance, and repair of authorized civil works, militar construction, and civil defense projects that are essential to the national defense.

El segundo dice:

(a)

In the event of a declaration of war or the declaration by the President of a national emergency in accordance with the National Emergencies Act (50 U.S.C. 1601 et seq.) that requires use of the armed forces, the Secretary of Defense, without regard to any other provision of law, may undertake militar construction projects, and may authorize the Secretaries of the militar departments to undertake militar construction projects, not otherwise authorized by law that are necessary to support such use of the armed forces. Such projects may be undertaken only within the total amount of funds that have been appropriated for militar construction, including funds appropriated for family housing, that have not been obligated.

Obviamente, esto tendría que ver con fondos que van al Corps of Engineers para hacer mejoras en Puerto Rico. Pero además el Presidente y su gente puede identificar otras bases estatutarias. Veremos.

No existe casos sobre esta ley que impacten lo que podría pasar.  En Youngstown Sheet & Tube Co. v. Sawyer, 343 U.S. 579 (1952), el SCOTUS detuvo acciones del Presidente Truman para detener una huelga en la industria del acero. Sin embargo, el SCOTUS se basó en la inexistencia de ley para justificar lo que hizo.  Aquí tenemos más de cien leyes sobre el asunto.

Irrespectivo de lo antes dicho, si el Presidente redirige fondos para California y Puerto Rico, estos irán al Tribunal para detenerlo. California es parte del 9no Circuito y Puerto Rico el 1er Circuito. Si los estados ganan, es usual el que se detenga la ejecución del injunction hasta la apelación pero si no ocurre, el Presidente usualmente va al SCOTUS, que puede detenerlo. Además, si los Circuitos estuviesen en conflicto, uno a favor del Presidente y otro en contra, el SCOTUS intervendría y usualmente el Presidente gana. Usualmente. Pero California y Puerto Rico tienen que ir al Tribunal y ya el Gobernador Rosselló señaló que llevará al Presidente al Tribunal. Good for him.

Si Trump toma esta acción, definitivamente estaría poniendo en tela de juicio nuestra democracia y espero que pierda. Aún si pierde, esto puede obligar a la Cámara a comenzar el proceso de residenciamiento. Esta situación es bien seria y no va a acabar bien. Manténganse al tanto.

 

 

La Estadidad y la Igualdad Requieren Acción

La Estadidad y la Igualdad Requieren Acción

 

En noviembre de 2012, el Pueblo de PR votó en contra del ELA como existe. El 24 de diciembre de 2015, el Gobierno de Obama radicó un escrito de amigo de la Corte donde claramente dice que PR es un territorio y nada cambió en 1950-52. El Comisionado Residente celebró, con razón, esta posición y el Gobernador con sus acostumbradas cantinfladas, culpa al Solicitor General Verrilli como si el hiciera algo sin la aprobación de su jefe, el Presidente Obama.

 

Esta es una oportunidad sin igual para reseñar que el ELA no es lo que nos vendieron en 1952, es un territorio sin poderes y peor aún, una colonia que es responsable de nuestro atraso económico. Esa oportunidad probablemente llegue en o antes de junio de 2016 mediante una decisión del SCOTUS.

 

El momento llegó para que el PNP deje de ser un partido colonialista y sea lo que su fundador, Luis A. Ferré quiso: el motor del cambio hacia la estadidad. No usemos la decisión futura del SCOTUS como una herramienta de ganar elecciones. Úsenla para traer el cambio que tanto necesitamos. La lucha que se avecina puede ser estadidad v. soberanía. Hay que desenmascararla como lo que es, un tipo de independencia. No hagan como se hizo con el informe del GAO sobre la estadidad, absolutamente nada. Hay que entender que un animal herido y moribundo es más peligroso que uno saludable. Hay que rematar al ELA sin piedad. Dejemos los intereses mezquinos a un lado. La estadidad y la igualdad requieren acción decisiva.

 

“All that evil needs to triumph is for good men to do nothing. “~ Sir Edmund Burke.