Judicatura

La Corrupción Jurídica

En el día de ayer ENDI publicó un reportaje de que las autoridades federales y el gobernador discutieron la posibilidad de extender el acuerdo existente para que se vean en la Corte Federal los casos de narcotráfico, armas y violencia. En la actualidad ese acuerdo rige 9 de 13 unidades policiales en PR, equivalente al 69.1%

 Irrespectivo de si es una buena idea o no, el mero hecho que se considere tiene implicaciones de gran envergadura. Los casos los investiga la policía local, Justicia ha destacado por los menos 4 fiscales para ayudar a Fiscalía federal. Si a esto añadimos que la judicatura Boricua esta siendo investigada, con un juez ya acusado y 2 más alegadamente bajo investigación, es forzoso concluir que ni Fiscalía federal ni el gobernador confían en los jueces locales.

 Ya he escuchado a algunos hablar de la política partidista como la responsable, que hay que cambiar la forma en que se escogen los jueces, etc. Concuerdo que hay que cambiarla pero para mejorar su calidad, la cual es mi queja constante, no para evitar corrupción. Dudo muchísimo que en el proceso de selección de jueces, el Juez Acevedo hubiese dado indicios de corrupción. A mi entender es muy difícil el hacer la determinación de propensidad a la corrupción cuando se escoge un juez. Es algo que tiene que ser monitoreado durante su carrera. Si un juez consistenmente comete horrores, es posible que sea más que ignorancia o vagancia, lo cual a su vez debe ser objeto de investigación. La Administración de Tribunales se sintió sumamente ofendida cuando el Director del FBI en PR, Carlos Cases, dijo que se nombró un task force para investigar la judicatura. Recuerdo cuando la Juez Sonia Ivette Vélez concordaba con Mayra López Mulero al cuestionar que jurisdicción tenía el FBI para investigar a los puros y castos jueces boricuas. Guess what? No eran tan puros y castos.

 La Juez Presidente nombró un nuevo cuerpo para investigar jueces a pesar que la Judicatura vio su presupuesto disminuido. Me parece que es un tanto tarde para ello. El FBI hará, como es su costumbre en PR, el trabajo difícil de reducir la corrupción. Y digo reducir por que no estoy tan seguro que estén recibiendo la plena cooperación de las autoridades locales. El mejor ejemplo es que el hijo del Alcalde de Humacao estuvo tres semanas en la cárcel pero no aparecía en las listas de corrección como reo. Un semana puede ser, pero tres, lo dudo mucho.

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Los Retrasos en los Tribunales de Primera Instancia

LOS RETRASOS EN LOS TRIBUNALES DE PRIMERA INSTANCIA

Hoy en la mañana vi una entrevista con el Juez Presidente Federico Hernández Denton. En ella justifica los atrasos en las salas criminales de los Tribunales en abogados que no están preparados y en que el descubrimiento de prueba no se ha culminado

Concuerdo con la posición del Juez, pero eso no resuelve el problema. Si un abogado, que el Juez sabe siempre esta preparado, no lo está en una ocasión, pues se puede ser flexible. Pero cuando no esta preparado una y otra vez, claramente es una táctica dilatoria y el Juez debe imponer sanciones. Lo que el Juez Presidente no menciona es que los jueces de Primeria Instancia normalmente no imponen sanciones porque el Tribunal Apelativo en la mayoría de los casos los revoca. En los Tribunales de PR la impunidad de los abogados y la irresponsabilidad de muchos es legendaria. Si yo llego a una vista en el Tribunal Federal sin prepararme, las sanciones van a ser inmediatas y severas.  Allí el “ay bendito” no abunda.

Los Tribunales Apelativos de PR no entienden lo que quiere decir discreción. Usualmente substituyen su visión de las cosas por la de los jueces que están todos los días en las trincheras. Si consideramos que muchos de los Jueces del Apelativo eran políticos y no abogados de la práctica, entendemos el problema.

Quiero aclarar además, las manifestaciones del Juez Hernández Denton. Es cierto que cada Juez de Primera Instancia tiene más casos que un Juez Federal, pero la complejidad de los federales es infinitamente mayor. Dada las Reglas de Procedimiento Criminal de PR y su jurisprudencia interpretativa, las raras ocasiones que más de tres personas son acusados en un solo caso, sus abogados obtienen un juicio aparte. Esa no es la regla en el Federal, conde 50-100 acusados en un caso son comunes. Los mismo ocurre en los casos civiles debido a que el Tribunal Federal es un Tribunal de jurisdicción limitada.

Desde el 2010 el TSPR esta forjando un nuevo rumbo para los Tribunales de PR, más cónsono con las prácticas federales, pero los Tribunales de menor jerarquía no parecen entender el mensaje. Creo que nuestra máxima curia tiene que ser más clara en sus pronunciamientos sobre este tema y fiscalizar mejor a los Tribunales de Primera Instancia. Como dijo el Juez Díaz Cruz en Pueblo v. Pérez Cruz, 103 D.P.R. 44, 46 (1974), “[j]usticia lenta no es justicia.”

El Retiro de Jueces a los 70 Años

El Artículo V, sección 10 de la Constitución de P.R. requiere que los jueces del Tribunal Supremo se retiren a los 70 años. En 1950, la expectativa de vida de los boricuas era de 60 años. Hoy en día ronda en los 78 años.

Obviamente, los padres de la Constitución estaban preocupados por el deterioro mental de los jueces debido a la expectativa de vida en esos tiempos. Sin embargo, hoy en día sabemos que las personas de 70 años mantienen un gran acumen mental y dado que el trabajo de un juez del Supremo de P.R. es esencialmente mental, no existe razón hoy en día para forzarlos al retiro. Vemos al Juez Antonio Andreu, retirado hace varios años litigando en los Tribunales y el Juez Presidente Federico Hernández Denton tiene que retirarse el próximo abril, aún cuando nadie puede decir que sus facultades mentales hayan sido afectadas. La Juez Ruth Bader Ginsberg del SCOTUS cumple 81 años el 15 de marzo próximo y ha reiterado su intención de mantenerse en el Tribunal. Más aún, nadie duda de su acumen mental. La juez Sandra Day O’Connor a sus 83 años todavía se sienta a escuchar argumentos orales en los diferentes circuitos y escribe opiniones.

Es tiempo que pensemos en aumentar este límite de edad, o simplemente eliminarlo. Las Constituciones no son estáticas, se pueden enmendar.