Obama

SANCHEZ VALLE NO ACALLA LAS MENTIRAS DEL PPD

 

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A pesar del contundente golpe que PR v. Sánchez Valle le acaba de propinar al ELA, aún hay voces que niegan la realidad de las consecuencias de la opinión. Héctor Ferrer, al que distingo y aprecio, salió de la reunión del PPD del viernes y dijo así:

 

Ferrer, en tanto, precisó que la reformulación del ELA se fundamentaría en una relación no colonial ni territorial, y que se basaría en la soberanía del pueblo, buscará ampliar al ámbito de gobierno propio de los puertorriqueños, preservarla ciudadanía estadounidense y, al mismo tiempo, la identidad nacional puertorriqueña, y promoverá desarrollar la presencia internacional de la Isla.

 

El problema con esta visión es que la Juez Kagan le cerró las puertas a ésta interpretación cuando dijo a las páginas 16-17 de su opinión en Sánchez Valle:

All that separates our view from petitioner’s is what that congressional recognition means for Puerto Rico’s ability to bring successive prosecutions. We agree that Congress has broad latitude to develop innovative ap­proaches to territorial governance, see U. S. Const., Art. IV, §3, cl. 2; that Congress may thus enable a territory’s people to make large-scale choices about their own politi­cal institutions; and that Congress did exactly that in enacting Public Law 600 and approving the Puerto Rico Constitution—prime examples of what Felix Frankfurter once termed “inventive statesmanship” respecting the island. Memorandum for the Secretary of War, in Hear­ings on S. 4604 before the Senate Committee on Pacific Islands and Porto Rico, 63d Cong., 2d Sess., 22 (1914); see Reply Brief 18–20. But one power Congress does not have, just in the nature of things: It has no capacity, no magic wand or airbrush, to erase or otherwise rewrite its own foundational role in conferring political authority. Or otherwise said, the delegator cannot make itself any less so—no matter how much authority it opts to hand over. And our dual-sovereignty test makes this historical fact dispositive: If an entity’s authority to enact and enforce criminal law ultimately comes from Congress, then it cannot follow a federal prosecution with its own. That is true of Puerto Rico, because Congress authorized and approved its Constitution, from which prosecutorial power now flows.

En síntesis, la autoridad última sobre PR la tiene el Congreso. Más aún, en el argumento oral del caso, la Juez Kagan preguntó a la abogada del Solicitor General, el representante del Gobierno Federal en la vista, lo siguiente:

JUSTICE KAGAN: Do you think it’s not possible, Ms. Saharsky I mean, putting aside whether Congress has done it here, but you think it’s simply not possible for Congress to confer sovereignty in the sense   that would matter for the Double Jeopardy Clause?

MS. SAHARSKY: Well, it certainly could by making it a State

 

JUSTICE KAGAN: Yes

 

MS SAHARSKY: or by making it independent.

 

JUSTICE KAGAN: But but but not short of that.

 

MS. SAHARSKY: We think that that would just be fundamentally inconsistent with the constitutional design. . .

 

Ésta es la posición oficial del Gobierno de Obama. Más aún, en el Report by the President’s Task Force on Puerto Rico’s Status éste dijo a la página 26:

Third, consistent with the legal conclusions reached by prior Task Force reports, one aspect of some proposals for enhanced Commonwealth remains constitutionally problematic—proposals that would establish a relationship between Puerto Rico and the Federal Government that could not be altered except by mutual consent This was a focus of past Task Force reports The Obama Administration has taken a fresh look at the issue of such mutual consent provisions, and it has concluded that such provisions would not be enforceable because a future Congress could choose to alter that relationship unilaterally (Congress similarly could elect to enact legislation violating a treaty with a foreign country or to legislate over the opposition of one or more States )

En síntesis, EL ELA ES UNA MENTIRA y no se puede mejorar. Lo que hay es estadidad o independencia. Y por si acaso, el antes mencionado informe de Casa Blanca dice a la página 25 lo siguiente:

Free Association is a type of independence A compact of Free Association would establish a mutual agreement that would recognize that the United States and Puerto Rico are closely linked in specific ways as detailed in the compact Compacts of this sort are based on the national sovereignty of each country, and either nation can unilaterally terminate the association.

Así que no se dejen confundir, la libre asociación, república asociada o como quieran llamar a la “soberanía” no es más que la independencia con un tratado con USA que cada parte puede terminar unilateralmente.

PS: El PNP que se ponga a educar al Pueblo sobre las MENTIRAS del ELA. Yo se que la campaña para la Gobernación es importante pero este documento lo debe hacer la Comisión Estadista, no este servidor.

 

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El Escrito de Casa Blanca: Incorrecciones y Medias Verdades

Casa Blanca puso en su website un artículo por Jeffrey Zients titulado “Puerto Rico’s Fiscal Crisis: What You Need to Know” con varias incorrecciones:

 

En su segundo mito (Myth) dice:

 

“PROMESA requires shared sacrifice from Puerto Rico’s creditors to achieve a sustainable solution for Puerto Rico. PROMESA puts all of Puerto Rico’s liabilities on the table, with no special carve-outs or bail-outs for Puerto Rico’s creditors. And unlike Puerto Rico’s current laws, PROMESA has no special carve-outs or bailouts for creditors.”

 

Esto es incorrecto. La sección 201(b)(1)(N) de PROMESA requiere que el plan fiscal:

 

“respect the relative lawful priorities or lawful liens, as may be applicable, in the constitution, other laws, or agreements of a covered territory or covered territorial instrumentality in effect prior to the date of enactment of this Act.”

 

Si vamos a la sección 314, que es como se va a aprobar el plan de quiebras, esta requiere que el plan de quiebras sea consistente con el plan fiscal. La explicación del informe del Comité de Recursos Naturales sobre esta sección, que es el historial legislative de la misma, se dice así:

 

“By incorporating consistency with the Fiscal Plan into the requirements of confirmation of a plan of adjustment, the Committee has ensured lawful priorities and liens, as provided for by the territory’s constitution, laws, and agreements, will be respected in any debt restructuring that occurs.”

 

¿Que quiere decir esto? Sencillo, los GO’s están protegidos por que son parte de la Constitución, al igual que COFINA y no olvidemos las pensiones. Según el caso de Bayrón Toro v. Serra, 119 D.P.R. 605 (1987), las pensiones de los ya retirados son un derecho adquirido de rango constitucional. Así que probablemente estos también estén protegidos por PROMESA.

 

Próxima es que es un mito que PR no tendrá voz en la Junta. Casa Blanca dice:

 

“The Governor of Puerto Rico has a role on the board, and the Administration is committed to ensuring that Puerto Ricans will be well-represented in board membership.”

 

Esto es otra patente mentira. La Sección 101(e) nos dice como serán nombrados los miembros de la Junta. Solo uno tiene que ser residente de PR o tener su negocio aquí. El Gobernador es miembro ex oficio pero sin voto. Más aún, la sección 101(f) excluye a los funcionarios y ex funcionarios electos de PR así como sus empleados. Y de los 7 miembros de la Junta, 4 son nombrados de una lista provista por los republicanos. Además, ¿alguien confía en Obama? YO NO.

 

Aquí una mentira piadosa en lo que respecta a la austeridad:

 

“In addition, PROMESA will allow Puerto Rico to restructure all of its financial liabilities.”

 

La sección 206 le da a la Junta la facultad exclusive de autorizar que el Gobierno o alguna entidad de PR se acoja al Capítulo III, que es la quiebra en PROMESA. Más aún, la sección 304 nos dice que quien presenta la petición de quiebras por la entidad es la Junta, Sección 312 y 313 nos dice que quien presenta o modifica el plan de la quiebra es la Junta, la Sección 315 nos dice que “the Oversight Board may take any action necessary on behalf of the debtor to prosecute the case . . .” Así que quien puede restructurar las deudas de PR no es PR, si no la Junta. Un juego de palabras que pareciera decir “the natives don’t understand English.” Pero resulta que si lo entendemos muy bien.

 

Hay toda una sección que explica que PROMESA no protege a los pensionados pero que estos no tienen derechos. Como explique anteriormente, el que diga esto no se leyó el informe del Comité de Recursos Naturales. Cabe leer mi explicación anterior sobre el plan de quiebras.

 

Hay una sección, “MYTH: The oversight board can order the Governor to lay-off workers or cut wages”, que deben leer todos, especialmente los que argumentaban contra Pierluisi en las primarias. Lo que dice ahí es correcto en esto concuerdo con Casa Blanca.

 

Finalmente, debo señalar que esto los escriben los demócratas amigos del PPD, que al final y al cabo, los traicionaron nuevamente.

 

Moraleja jóvenes, hay que leer bien PROMESA con todas sus enmiendas.

Ver

VERITAS MUDD PODCAST MAY 20 2016 PROMESA HR5278

 

 

 

 

VERRILLI ES OBAMA

 

 

La pregunta en realidad es ¿por que la Administración Obama, a través, de su Solicitor General Donald B. Verrilli, decidió radicar un brief de amigo de la Corte en el caso de PR v. Sánchez Valle en apoyo, no de la fiscalía local, si no de los acusados? Si el SCOTUS adopta esa posición, sus fiscales no podrían acusar a aquellos ya juzgados por esencialmente los mismos delitos, cosa que claramente ha sido evaluado por el Departamento de Justicia Federal. ¿Por que se hizo, especialmente cuando no estaba obligado a hacerla?

 

Los defensores del ELA olvidan que en Califano v. Torres, 435 U. S. 1 (1978) y Harris v. Rosario, 446 U.S. 651 (1980), se dijo específicamente que PR era un territorio para justificar el discrimen del Congreso con respecto a programas sociales como el Aid to Families with Dependent Children program (AFDC). Esto es especialmente importante en momentos que el Congreso hace eso con PR y de igual forma se justifica la exclusión de la isla del Capítulo 9 de Quiebras Federal.

 

De igual manera, el Gobernador de PR parece, con su usual incomprensión de la realidad, echar la culpa a Donald Verrilli, Solicitor General de los Estados Unidos, del abandono de la defensa del ELA. No se da cuenta que el Lcdo. Verrilli no habría hecho lo que hizo sin una orden clara de su jefe, el Presidente Obama. La Administración Obama vuelve a colocarse como la administración más colonialista desde Harry Truman.

 

Nuevamente, es claro que la posición del Gobierno Federal NO OBLIGA al SCOTUS a decidir de esa forma, pero demuestra cual es su posición sobre la naturaleza constitucional del ELA; i.e., un mero territorio.